ADM. JUSTICIA

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Ahora es el momento de preperar sus oposiciones a la Administración de Justicia, contando para ello de cursos presenciales de Auxilio Judicial y Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

El artículo 122 de la Constitución establece que la Ley Orgánica del Poder Judicial determinará, entre otros aspectos, el estatuto jurídico de los Jueces y Magistrados de carrera, que formarán un Cuerpo único, y del personal al servicio de la Administración de Justicia.

Con esta previsión el legislador constituyente quiso asegurar que los puestos de trabajo de dicha Administración fuesen ocupados por funcionarios públicos elegidos conforme a los principios de publicidad, mérito y capacidad y a través del correspondiente procedimiento de oposición libre, concurso-oposición o por concurso de meritos, adquiriendo la condición de funcionarios de la Administración de Justicia, y permitiendo también la promoción interna entre los distintos Cuerpos.

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