Ahora es el momento de preperar sus oposiciones a la Administración de Justicia, contando para ello de cursos presenciales de Auxilio Judicial y Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
El artículo 122 de la Constitución establece que la Ley Orgánica del
Poder Judicial determinará, entre otros aspectos, el estatuto jurídico
de los Jueces y Magistrados de carrera, que formarán un Cuerpo único, y
del personal al servicio de la Administración de Justicia.
Con
esta previsión el legislador constituyente quiso asegurar que los
puestos de trabajo de dicha Administración fuesen ocupados por funcionarios públicos
elegidos conforme a los principios de publicidad, mérito y capacidad y a
través del correspondiente procedimiento de oposición libre,
concurso-oposición o por concurso de meritos, adquiriendo la condición
de funcionarios de la Administración de Justicia, y permitiendo también
la promoción interna entre los distintos Cuerpos.